Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó una reforma al Código Penal para sancionar con mayor severidad a los servidores públicos que difundan de manera indebida imágenes, videos, audios o información reservada relacionada con investigaciones penales, especialmente cuando se trate de víctimas de delitos.
Con la creación del artículo 327 Bis, se establece que los funcionarios que revelen, publiquen, transmitan, distribuyan o compartan fotografías, videos, documentos, indicios, evidencias u objetos relacionados con un procedimiento penal podrán ser castigados con penas de uno a cinco años de prisión y multas de 60 a 300 días.
La reforma también contempla sanciones más severas cuando el material filtrado corresponda a cadáveres o partes de ellos, así como imágenes sobre las circunstancias de la muerte, lesiones o estado de salud de las víctimas.
En estos casos, la pena aumentará de dos a seis años de prisión, además de multas de 100 a 350 días.
El castigo será aún mayor cuando las imágenes, audios o videos correspondan a cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, o documenten las circunstancias de su muerte o lesiones.
Para estos casos, el Código Penal establece penas de cinco a ocho años de prisión y multas de 500 a mil 500 días.
Con esta modificación, el Congreso busca proteger la dignidad de las víctimas y sus familias, evitar la revictimización y sancionar la difusión indebida de información reservada por parte de servidores públicos que intervienen en investigaciones o procedimientos penales.
La reforma forma proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa, consistentes en fortalecer la legislación estatal en materia de combate a delitos cibernéticos.