La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) que detectó irregularidades en el financiamiento de la asociación México Tiene Vida, agrupación promovida por sectores conservadores de Nuevo León que buscaba convertirse en partido político nacional.
Con esta determinación, el Tribunal fortalece la decisión del INE de negar el registro a la organización y valida los señalamientos sobre la recepción de recursos que contravinieron las normas de financiamiento previstas en la legislación electoral.
Aunque aún falta resolver otro recurso relacionado con la solicitud de registro como partido, la resolución confirma la postura de la autoridad electoral respecto a las anomalías encontradas durante el proceso de fiscalización.
Confirman sanción económica
Los magistrados avalaron la multa de 565 mil 700 pesos impuesta por el INE, al considerar acreditado que la organización recibió aportaciones en efectivo provenientes de una persona que legalmente no podía realizar ese tipo de financiamiento.
La investigación estableció que México Tiene Vida aceptó donativos por 779 mil pesos cuya procedencia presentó inconsistencias, incumpliendo con la obligación de rechazar recursos prohibidos por la normativa electoral.
El proyecto elaborado por el magistrado Felipe de la Mata concluyó que los argumentos presentados por la asociación no desvirtuaban las observaciones realizadas por el Instituto Nacional Electoral, por lo que la sanción debía mantenerse.
INE detectó movimientos relacionados con una empresa
Como parte de la revisión financiera, el INE identificó que Vanessa Fernández Torres recibió 50 depósitos bancarios provenientes de la empresa Construcciones Alcalá entre agosto y diciembre de 2025.
Posteriormente, esos recursos fueron canalizados mediante diversas aportaciones a favor de México Tiene Vida.
Durante el procedimiento para obtener el registro partidista, la simpatizante entregó aproximadamente dos millones de pesos a la organización.
La legislación electoral prohíbe que empresas mercantiles aporten recursos a partidos políticos o asociaciones que buscan constituirse como tales, razón por la cual la autoridad concluyó que existían elementos suficientes para imponer la sanción.
Investigación seguirá abierta
Además de confirmar la multa, la Sala Superior ordenó que el Instituto Nacional Electoral continúe con la investigación para esclarecer el origen y destino de los recursos manejados por la asociación.
El objetivo es determinar si existieron otras fuentes de financiamiento prohibidas o nuevas irregularidades durante el proceso de conformación.
La organización intentó demostrar que las personas que realizaron las aportaciones contaban con la capacidad económica para hacerlo.
Sin embargo, el Tribunal coincidió con el criterio del INE al considerar que la documentación presentada fue entregada fuera de los plazos establecidos por la ley, por lo que no podía utilizarse para desvirtuar las observaciones de la autoridad fiscalizadora.
También rechazan otra solicitud de registro
Durante la misma sesión, la Sala Superior resolvió el caso de la asociación Interacción y Empatía para Todos, A.C., que también impugnó la negativa del INE para constituirse como partido político nacional.
La agrupación únicamente logró reunir ocho afiliaciones, una cifra muy inferior a las 256 mil 030 requeridas por la legislación.
Aunque sostuvo que el Instituto Nacional Electoral nunca le informó sobre los requisitos incumplidos, los magistrados desestimaron ese argumento y confirmaron que la negativa del registro se ajustó a derecho.
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