Ciudad de México.- En la conferencia matutina del 30 de septiembre de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aclaró que Carlos Torres Torres —ex cónyuge de la gobernadora bajacaliforniana Marina del Pilar— carece de una demanda criminal en su contra, aun cuando la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) detectó inconsistencias en sus movimientos bancarios.
El pronunciamiento responde a las recientes mediaciones del Departamento del Tesoro de EE. UU., organismo que incluyó al político en una lista de casi 50 sancionados por supuestos nexos con La Mayiza, facción del Cártel de Sinaloa.
Al responder los cuestionamientos de la prensa, Sheinbaum estableció un paralelo entre la inclusión de 46 individuos y firmas comerciales en dicho listado —encabezado por Ismael Zambada Sicairos, alias "Mayito Flaco", actual cabecilla de esa rama delictiva e hijo de "El Mayo"— y los expedientes vinculados a Vector Casa de Bolsa, CIBanco e Intercam.
En ese sentido, puntualizó que la Fiscalía General de la República (FGR) mantiene líneas de investigación iniciadas únicamente contra un sector de las partes señaladas.
El criterio de la UIF ante las designaciones de la OFAC
Sheinbaum detalló que la UIF emitió un informe aclaratorio sobre la postura institucional frente a las alertas internacionales expedidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).
De acuerdo con la explicación gubernamental, la congelación de instrumentos financieros responde al hallazgo de irregularidades administrativas en las cuentas, lo que no constituye de manera automática una prueba de complicidad con organizaciones del crimen organizado.
La jefa del Ejecutivo precisó que cuando el órgano de inteligencia financiera identifica operaciones atípicas, posee la facultad de ordenar la suspensión precautoria de los fondos sin requerir la formulación inmediata de una denuncia penal.
Este mecanismo otorga a los particulares afectados el derecho de comparecer ante la dependencia para justificar la procedencia lícita de sus recursos.
Por ello, la UIF determinó no dar traslado penal a la FGR en varios casos derivados del boletín estadounidense, aunque confirmó que parte de los implicados ya contaba con investigaciones abiertas previas.
Paralelamente, se ratificó el bloqueo de los activos bancarios de Carlos Torres tras incorporarlo formalmente a la Lista de Personas Bloqueadas (LPB), medida ejecutada por las autoridades mexicanas a raíz de las acusaciones dictadas desde Washington.
Las imputaciones del Departamento del Tesoro de EE. UU.
Las medidas punitivas anunciadas el martes por la administración estadounidense alcanzaron a 21 personas catalogadas como operadores o facilitadores clave de la estructura delictiva sinaloense.
Dentro del informe oficial se señala que Carlos Torres, apoyado por su hermano Luis Alfonso Torres Torres, presuntamente aprovechó su posición e influencia política en Baja California para brindar cobertura institucional y facilitar las actividades de la célula liderada por un sujeto apodado "El Ruso".
El antecedente de estas acciones se remonta a mayo de 2025, cuando el Departamento de Estado de los Estados Unidos determinó anular la visa de ingreso a Torres por sus presuntos vínculos con el narcotráfico.
Asimismo, los señalamientos de la OFAC involucran a Pedro Ariel Mendivil García, extitular de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Mexicali. El expediente sostiene que Mendivil habría cobrado incentivos económicos de "El Ruso" para ceder el control de la policía local al Cártel de Sinaloa.
Según la acusación norteamericana, parte de esas cuotas mensuales eran canalizadas hacia Carlos Torres para garantizar impunidad operativa en la entidad, encomendando a Luis Torres la recepción y posterior blanqueo de los recursos financieros a través de estructuras empresariales y financiamiento de campañas electorales.
Fundamentos legales de las sanciones internacionales
Las designaciones contra Carlos Torres, Luis Torres, Pedro Ariel Mendivil, así como contra los implicados Buenrostro y Chapotin, se fundamentaron bajo dos marcos normativos de la Casa Blanca:
- Orden Ejecutiva 14059: Aplicada por el suministro deliberado —o tentativa de entrega— de soporte financiero, tecnológico, material, o la provisión de bienes y servicios a favor del Cártel de Sinaloa.
- Orden Ejecutiva 13224 (enmendada): Emitida por brindar patrocinio, asistencia material o respaldo logístico a la misma organización criminal.
El despliegue de la OFAC abarcó un total de 25 entidades corporativas y 21 personas físicas, abarcando desde mandos operativos como Ismael Zambada Sicairos hasta intermediarios financieros, líderes de células activas en Tijuana y funcionarios públicos corruptos.
El gobierno estadounidense fundamentó la intervención argumentando que esta red facilitaba las operaciones delictivas a escasa distancia de la frontera sur de Estados Unidos.
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Con información de Infobae.