Los imputados —identificados como el excomandante Luis Alfonso y los agentes Eduardo, Juan Carlos Vázquez y Jorge Alas— permanecen bajo la medida cautelar de prisión preventiva mientras la autoridad judicial define si existen elementos suficientes para su vinculación formal a proceso.
De acuerdo con la hipótesis ministerial, los hechos se remontan a las primeras horas del 3 de enero de 2023, cuando las víctimas habrían sido interceptadas al retirarse del establecimiento Shots y posteriormente entregadas a integrantes de la delincuencia organizada.
Frente a la acusación, Mendívil García recalcó que la representación social estructuró el expediente basándose en apreciaciones subjetivas.
Sostuvo ante el tribunal que no existe dato alguno que evidencie un pacto previo o coordinación entre los acusados, además de señalar que conoció a tres de los oficiales hasta el momento de comparecer ante la ley.
El exfuncionario, quien estuvo al frente de la corporación entre 2021 y 2024 y cuenta con antecedente como fiscal regional y litigante penalista, subrayó durante su defensa que bajo su mando se puso en marcha la primera unidad especializada en la búsqueda de personas dentro de una policía municipal en el país.
Por su parte, los demás oficiales señalaron inconsistencias graves en el actuar de la representación social. El excomandante Luis Alfonso relató que fue aprehendido la madrugada del 28 de julio, puesto en libertad por un error administrativo y reaprehendido horas más tarde, argumentando que una maniobra de tal índole habría requerido la participación masiva de los 16 mandos operativos en turno esa noche.
Asimismo, el agente Eduardo aseveró haber sufrido tortura a manos de los investigadores, mientras que el oficial Kevin acusó a la fiscal Ariana Betzabeth García Ceceña de manipular evidencias y desestimar testimonios favorables.
La postura de la fiscalía descansa primordialmente en el testimonio de un agente que refirió que ciertos mandos permitían operaciones ilícitas, elemento que la defensa calificó como insuficiente para sostener la acusación.
El juez Serrano Jiménez dictó un receso para deliberar la resolución final sobre la situación jurídica de los implicados, quienes, en apego al artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, mantienen su estatus de presunción de inocencia mientras no exista un fallo definitivo.
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